JCE dicta reglas sanciona campaña a destiempo

jceSANTO DOMINGO.– La Junta Central Electoral aprobó ayer un reglamento que regirá la aplicación de sanciones en aquellas violaciones a la Ley 33-18 y 20-23 que fueren de carácter administrativo.

El reglamento responde a una instrucción de la Ley Electoral y las sanciones son de característica pecuniaria. Eso incluye multas de 1 a 200 salarios mínimos y la retención de los recursos que suministra la JCE a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos.

Entre las conductas a sancionar se encuentran el organizar manifestaciones, mítines o reuniones públicas antes del inicio formal de la campaña electoral proclamada por la Junta Central Electoral y después del cierre de ésta; hacer uso de los recursos que administren funcionarios públicos para fines electorales; realizar actos y uso de medios anónimos, sea cual fuere su naturaleza; promover la abstención electoral…

El listado completo de infracciones está contemplado en los artículos 305 al 308 de la Ley 20-23 y en el artículo 72 y 78.2 de la 33-18.

El 10 de noviembre de 2022, el Pleno de la JCE realizó una audiencia pública con los representantes de las organizaciones políticas reconocidas ante ese órgano, así como con miembros de la sociedad civil, medios de comunicación y del área académica, para presentar observaciones a la propuesta del citado reglamento.

Un nuevo plazo había sido concedido con la modificación de la Ley electoral, el cual se venció el pasado dos de mayo. El reglamento publicado entrará en vigencia el día 18 del presente mes de mayo. Constituye una respuesta a la petición de sanciones por entidades.

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